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Duración de la conservación y custodia de un Informe Pericial

Duración de la conservación y custodia de un Informe Pericial

¿Cuánto tiempo debe guardar, el Perito, un informe pericial?

En España, no existe una normativa única que regule específicamente el tiempo que un perito debe guardar un informe pericial, pero sí se puede deducir a partir de varias normativas que regulan la actividad profesional, la protección de datos y la prescripción de acciones legales.

Aquí tienes un análisis de los marcos legales más relevantes:

1. Código Civil y Código de Comercio
Prescripción de acciones civiles y mercantiles: Según el Código Civil, las acciones personales que no tengan un plazo específico prescriben a los 5 años (artículo 1964 del Código Civil). En el ámbito mercantil, el plazo general de prescripción también es de 5 años, según el artículo 30 del Código de Comercio.
Esto significa que, ante la posibilidad de que un informe pericial sea objeto de litigios futuros, sería prudente conservar el informe por al menos 5 años.

2. Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) y Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)
En términos de protección de datos personales, el RGPD y la LOPD estipulan que los datos personales deben conservarse solo mientras sea necesario para el fin por el cual se recopilaron. Sin embargo, estos datos pueden conservarse más allá de ese tiempo si son necesarios para defenderse de posibles reclamaciones.
Por lo tanto, aunque la protección de datos en sí no fija un plazo específico, los informes que contienen datos personales podrían guardarse hasta que hayan prescrito las posibles acciones legales derivadas de ellos.

3. Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC)
Esta ley regula los procedimientos civiles, incluidos los informes periciales. No especifica un plazo concreto para la conservación de los informes, pero como el informe puede ser solicitado en revisiones de sentencias o en recursos, se recomienda guardar estos documentos por al menos 5 años, coincidiendo con el plazo de prescripción de acciones personales.

4. Código Deontológico de los Peritos
Las asociaciones profesionales de peritos, también pueden tener normativas internas. Muchos códigos deontológicos sugieren la obligación moral y profesional de conservar los informes periciales durante el tiempo necesario para garantizar la defensa adecuada de los intereses del cliente y de la integridad profesional del perito.

Conclusión:
El plazo mínimo recomendado para conservar un informe pericial en España suele ser de 5 años, coincidiendo con el plazo de prescripción de las acciones legales que se podrían derivar del mismo. Sin embargo, en algunos casos puede ser prudente guardar los informes por más tiempo, dependiendo de las circunstancias específicas del caso o de los requerimientos de la protección de datos.

Es importante que los peritos consulten las normativas específicas aplicables en su sector o consulten con su asesor legal para asegurarse de cumplir con los requisitos.